La acreditación indígena, permite acreditar, de forma indefinida, que una persona, comunidad o asociación pertenece a una de las nueve etnias reconocidas legalmente en Chile:

  • Mapuche.
  • Aimara.
  • Rapa nui (o pascuense).
  • Atacameña.
  • Quechua.
  • Colla.
  • Diaguita.
  • Alacalufe (o kawashkar)
  • Yagán (o yámana).

Este trámite está dirigido a:

  • Chilenos pertenecientes a culturas indígenas.
  • Personas que tienen la nacionalidad chilena y pertenecen a culturas indígenas reconocidas por la ley.
  • Personas que no son indígenas, pero se autoidentifican como tales según el Decreto Supremo N° 392.

Para realizar el trámite y dependiendo de la vía que utilice para ello, requiere:

Por filiación:

  • Fotocopia simple de la cédula de identidad vigente.
  • Certificado de nacimiento de los ascendientes, hasta tres generaciones si es necesario.

Por descendencia:

  • Fotocopia simple de la cédula de identidad vigente.
  • Certificado de nacimiento del solicitante, en el que aparezca el nombre de los padres.

Por procedencia del apellido:

  •  Fotocopia simple de la cédula de identidad vigente.
  •  Certificado de nacimiento.
  •  Certificado de nacimiento de los ascendientes, hasta tres generaciones si es necesario.

 Como cónyuge de una persona indígena:

  • Fotocopia de la cédula de identidad vigente.
  • Certificado de nacimiento del solicitante.
  • Certificado de nacimiento del cónyuge.
  • Certificado de matrimonio vigente.
  • Declaración jurada ante notario de autoidentificación como indígena.

Por autoidentificación por conservación de rasgos culturales de algún pueblo indígena:

  • Fotocopia de la cédula de identidad vigente.
  • Certificado de nacimiento del solicitante, en el que aparezca el nombre de los padres.
  • Carta de alguna autoridad tradicional reconocida y validada por la comunidad indígena, en la cual se señale la pertenencia del solicitante a la comunidad.
  • Declaración jurada ante notario de autoidentificación como indígena.

    Importante: quienes soliciten la acreditación de la calidad indígena directamente en las Oficina de Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS) de la CONADI (excepto en Punta Arenas e Isla de Pascua) no deben presentar el certificado de nacimiento.

Para realizar este trámite en nuestro municipio usted puede dirigirse a la oficina de Asuntos Indígenas, a cargo de Melany Páez C.