BASTIÁN FUENTES AMADOR

Director de Obras Municipales

A la unidad encargada de obras municipales le corresponderán las siguientes funciones:

a) Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del plan regulador comunal y de las ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones específicas:

  • Dar aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y urbano-rurales;
  • Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de construcción;
  • Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el número anterior;
  • Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción.
  • Recibirse de las obras ya citadas y autorizar su uso.

b) Las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan.

c) Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización.

d) Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna;

e) Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural;

f) Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros.

g) En general, aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna. Quien ejerza la jefatura de esta unidad deberá poseer indistintamente el título de arquitecto, de ingeniero civil, de constructor civil o de ingeniero constructor civil.

CONTACTO: alcaldia@munialtodelcarmen.cl