Tiene por objeto autorizar toda obra de construcción, de cualquier naturaleza y cualquiera sea su destino.

Los requisitos son los contemplados en:

  • La Ley General de Urbanismo y Construcciones.
  • La Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
  • Plan Regulador Comunal y   plan regulador Inter-comunal del Huasco
  • Ordenanzas Locales.

Documentos a presentar:

  1. Formulario Solicitud MINVU N° 4, (puede descargarlo aquí) firmado por el propietario, el arquitecto proyectista y todos los profesionales que intervienen en el proyecto.
  2. Certificado de Informaciones Previas/ Ruralidad.
  3. Formulario Único de estadísticas de Edificación (INE) o certificado de declaración on line.
  4. Certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado emitido por la empresa o cooperativa de servicios sanitarios correspondiente. En el caso que no exista factibilidad, se debe presentar resolución de aprobación de proyecto de Agua potable y/ o Alcantarillado particular emitido por el Servicio de Salud de Atacama.
  5. Informe de revisor independiente o del arquitecto proyectista, bajo declaración jurada, en los casos de permisos de construcción de un proyecto referido a una sola vivienda o a una o más viviendas progresivas o infraestructuras sanitarias.
  6. Proyecto de cálculo estructural cuando corresponda de acuerdo con lo estipulado en el artículo 1.7. de la OGUC o en el caso que aplique, carta de responsabilidad suscrita por el propietario, indicando que la obra se ejecutará conforme a las disposiciones del capítulo 6 título 5 OGUC.
  7. Informe favorable de revisor independiente, incluyendo patente profesional, copia de título y certificación vigente en el registro Este informe aplica de forma obligatoria en el caso de edificios de uso público.
  8. Informe favorable de revisor de proyecto de cálculo estructural según lo establecido en el 5.1.25 OGUC:
  9. Título y Patente Vigente del Arquitecto patrocinante, y de todos los profesionales que intervienen en el proyecto.
  10. Especificaciones Técnicas (3 copias) Indicando la totalidad de las partidas incluidas en el proyecto.
  11. Estudio de ascensores, cuando corresponda.
  12. Planos de arquitectura numerados (3 copias de cada lámina).

La DOM solicita al ingreso 1 copia de especificaciones técnicas, 1 copia de planos, para su revisión. Una vez revisado el expediente y en condiciones para su aprobación se solicitarán las copias restantes.

Las solicitudes de permiso de edificación de las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones fuera de los limites urbanos, deberán acompañar además de los antecedentes indicados, los informes favorables de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo y SAG (Artículo 55° LGUC).

Se debe considerar:

  1. El Arquitecto o el mandante deberá ingresar en la Dirección de Obras el expediente de solicitud para su revisión por parte de la DOM. El tiempo de revisión reglamentario es de 30 días a partir de la fecha consignada en el ingreso del expediente.
  2. En el caso que la DOM emita observaciones, el arquitecto patrocinante o el mandante debe retirar el expediente, contando con 60 días corridos desde el retiro del expediente para reingresar correctamente la solicitud con la subsanación de las observaciones formuladas.

 

El valor de este trámite es de 1,5 % del presupuesto oficial más el valor de las estampillas.