Trámite que tiene por objeto autorizar el cambio de destino de parte o de la totalidad de una edificación que cuente con permiso de edificación sin alteraciones en su estructura.

Requisitos

Los contemplados en:

  • La Ley General de Urbanismo y Construcciones
  • La Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones
  • Plan Regulador Comunal y plan regulador Inter-comunal de Huasco.
  • Ordenanzas Locales

Etapas del trámite:

  1. Formulario Solicitud de Cambio de Destino, firmado por el propietario, el arquitecto patrocinante.
  2. Certificado de Informaciones Previas/ Ruralidad.
  3. Título y Patente Vigente del Arquitecto patrocinante, y de todos los profesionales que intervienen en el proyecto.
  4. Si se solicita cambio de destino de solo una parte de la edificación se debe presentar planta de arquitectura donde se grafiquen claramente las superficies que requieren cambio de destino y cuales mantienen destino aprobado previamente.

Si para el mencionado cambio de destino de la edificación se requiere alterar o ampliar el edificio existente, se deben ingresar todos los documentos indicados para solicitud de obra menor, modificación, demolición, alteración o permiso de edificación según corresponda.

Datos a considerar:

  1. El Arquitecto o el mandante deberá ingresar en la Dirección de Obras la solicitud para su revisión por parte de la DOM. El tiempo de revisión reglamentario es de 15 días a partir de la fecha consignada en el ingreso.
  2. En el caso que la DOM emita observaciones, el arquitecto patrocinante o el mandante debe retirarla solicitud, contando con 60 días corridos desde el retiro del expediente para reingresar correctamente la solicitud con la subsanación de las observaciones formuladas.